Base del Conocimiento

Guía integral para el ejercicio de peticiones, quejas, recursos, solicitudes, denuncias o felicitaciones

Bienvenid@ a la sección de orientación PQRSDF

Esta herramienta ha sido creada para garantizar que cada miembro de la comunidad uniciencista cuente con la información necesaria para interactuar con la administración institucional de manera efectiva.

Legalidad

Basado íntegramente en la Ley 1755 de 2015 y el Código de Procedimiento Administrativo.

Transparencia

Acceso claro a los tiempos de respuesta y criterios de evaluación de cada solicitud.

Calidad

Insumo principal para los procesos de autoevaluación y acreditación institucional.

PREGUNTAS FRECUENTES

Artículo 15 de la Ley 1755 de 2015 y Artículo 5 de la Ley 1437 de 2011

Puede presentar las solicitudes así:

  • Verbalmente: en las oficinas designadas por la entidad, en este caso cualquiera de las oficinas administrativas donde se encuentran ubicados los tres campus de la Corporación.
  • Por escrito: a través de formularios físicos o electrónicos.
  • Por medios electrónicos: correo, fax, página web, etc.
  • Por teléfono: a través de las líneas de atención.

Artículo 2.2.3.12.3 del Decreto 1166 de 2016

Debe incluir al menos:

  • Número de radicado.
  • Fecha y hora de recepción.
  • Nombre completo e identificación del solicitante.
  • Objeto de la petición.
  • Razones de la misma (si las tiene).
  • Relación de documentos anexos.
  • Identificación del funcionario que recibió.
  • Constancia de que fue presentada verbalmente.

Artículo 2.2.3.12.7 del Decreto 1166 de 2016

El funcionario debe informarte en el momento de la recepción y orientarte sobre la autoridad competente. Si insistes, debe radicarla igualmente.

Ley 1755 de 2015

No se entrega información que esté protegida por:

  • Secretos profesionales, comerciales o industriales.
  • Datos personales protegidos (Ley 1581 de 2012).
  • Información financiera o de seguridad nacional.
  • Documentos en trámite de negociaciones reservadas.

Artículo 2.2.3.12.9 del Decreto 1166 de 2016

Sí. Si hablas una lengua nativa o un dialecto oficial de Colombia, puedes presentar tu petición verbalmente en esa lengua. La entidad debe garantizar los medios para su recepción y traducción si es necesario.

Artículo 18 de la Ley 1755 de 2015

Sí, puedes desistir en cualquier momento de tu petición, sin perjuicio de que puedas presentarla nuevamente más adelante.

Artículos 13 y 29 de la Ley 1755 de 2015

No, el ejercicio del derecho de petición es gratuito, salvo que una ley establezca lo contrario, como en el caso de la reproducción (fotocopias) de documentos.

Artículo 14 de la Ley 1755 de 2015

Se entiende aceptada tácitamente y la entidad ya no puede negar la entrega de la información. Debe entregar las copias dentro de los 3 días siguientes.

Artículo 5 de la Ley 1437 de 2011

Sí, siempre que sean relevantes para el caso y no excedan los límites técnicos de la plataforma. Se consideran medios de prueba válidos.

Artículo 13 de la Ley 1755 de 2015

Sí, el derecho de petición aplica a toda persona, sin importar su nacionalidad.

Artículo 12 del Decreto 019 de 2012

Sí, especialmente si están relacionadas con su protección, bienestar o interés superior.

Artículo 19 de la Ley 1755 de 2015

Cualquier petición que contenga insultos, amenazas, lenguaje soez, o que falte al debido respeto a la autoridad o a los funcionarios.

Artículo 19 de la Ley 1755 de 2015

La entidad puede rechazarla de plano sin tramitarla. Deberías presentarla nuevamente, esta vez con un lenguaje respetuoso y formal.

Artículo 19 de la Ley 1755 de 2015

Es aquella que no se entiende, es confusa, o no deja claro qué es lo que se está solicitando.

Artículo 19 de la Ley 1755 de 2015

La entidad te dará 10 días para aclararla o corregirla. Si no respondes en ese plazo, la solicitud será archivada por desistimiento tácito.

Art. 23 Constitución Política

Es un derecho fundamental que permite a las personas presentar solicitudes respetuosas ante la institución por motivos de interés general o particular y obtener una respuesta de fondo.

¿Quiénes pueden? Cualquier persona natural o jurídica, sin importar su nacionalidad o edad (los menores de edad no requieren representantes para ejercerlo ante autoridades educativas).

Una respuesta válida no es simplemente contestar. Legalmente debe ser:

  • Oportuna: Dentro de los plazos legales.
  • Clara: Con lenguaje comprensible y sin ambigüedades.
  • Precisa: Que atienda exactamente lo solicitado.
  • Congruente: Que los fundamentos correspondan con lo decidido.

Gestión de Tiempos y Plazos

Los tiempos se cuentan a partir del día hábil siguiente a la radicación:

Peticiones de información, certificados y copias 10 días
Peticiones de interés general o particular (Quejas/Reclamos) 15 días
Consultas jurídicas o técnicas a la institución 30 días
Prórrogas: Cuando excepcionalmente no fuere posible resolver la petición en los plazos aquí señalados, la Corporación informará esta circunstancia al solicitante, antes del vencimiento del término señalado expresando los motivos de la demora. La prórroga no superará el doble del inicialmente previsto.

Clasificación Técnica de Solicitudes

Petición: Solicitud que el cliente requiere a Uniciencia por motivo de interés general o particular y del cual debe obtener pronta respuesta.

Queja: Es la manifestación de inconformidad, insatisfacción o descontento en la forma en que se presta o no un servicio en general.

Reclamo: Es el derecho que tiene toda persona de exigir, reivindicar o solicitar una respuesta, ya sea por motivo general o particular, referente a la prestación indebida de un servicio o a la falta de atención a una solicitud.

Sugerencia: Es la recomendación o idea que se ofrece con el fin de incidir en el mejoramiento de la Corporación, cuyo objeto se encuentre relacionado con la prestación de algún servicio.

Denuncias: Acto formal mediante el cual una persona (denunciante) informa al área competente sobre la posible comisión de un hecho que considera ilegal o irregular.

Felicitaciones: Es un tipo de manifestación que se presenta dentro del sistema de (PQRSDF). A través de una felicitación, un cliente expresa su satisfacción con el servicio recibido, la atención prestada por un administrativo o la gestión de una determinada área.